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libertad condicionada a violadores propone diputado

Escrito por el 18 junio, 2020

18 de junio del 2020.-  Libertad condicionada para todo aquel sentenciado por los delitos de violación, abuso sexual y estupro, así lo propuso ante el Congreso del Estado de Quintana Roo el diputado local José Luis Guillén López, y para ser beneficiado, en caso de aprobarse las reformas al Código Penal de Quintana Roo, los inculpados primero tendrían que aceptar de manera voluntaria, someterse a un tratamiento farmacéutico de inhibición hormonal del deseo sexual.

“Con el fin de disminuir de forma eficaz la comisión y reincidencia de los delitos de violación, abuso sexual y estupro, que tanto lastiman a nuestra sociedad”, enfatizó el diputado José Luis Guillén López en el documento presentado como iniciativa de reforma.

En la sesión número 4, presidida por el diputado José Luis Guillén López, se dio lectura a su iniciativa, la cual fue turnada a la respectiva comisión para su estudio, análisis y posterior dictamen.

El diputado del Partido Movimiento Auténtico Social (MAS), es presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano Sustentable y Asuntos Metropolitanos, y en la exposición de motivos del documento leído y cuya iniciativa fue presentada el 21 de mayo del año en curso, señala que “es preciso buscar otras penas alternativas que salvaguarden el derecho humano que tienen todas las personas a su libertad y seguridad sexual” (SIC).

Actualmente el cuarto párrafo del Artículo 127 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, establece:

“A los sentenciados por el delito de violación previsto en este artículo no se le concederán los beneficios comprendidos en la Ley de Normas Mínimas para la Readaptación Social de Sentenciados en el Estado de Quintana Roo.”

Y lo que propone el diputado es la modificación total para quedar de la siguiente forma:

“Las personas sentenciadas por el delito de violación, únicamente podrán solicitar el beneficio de la libertad condicionada cuando manifiesten su voluntad informada para someterse al tratamiento farmacológico de inhibición hormonal del deseo sexual, así como recibir atención integral para la salud mental, y cumplan las disposiciones previstas en la Ley Nacional de Ejecución Penal” (SIC)

Esta iniciativa fue turnada a comisiones, donde se establece también las modificaciones a algunos párrafos de los Artículos 128, 129 y 130 del Código Penal.

A continuación la iniciativa


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